Todos los alumnos desde 3º de Educación Infantil hasta 2º ESO están cubiertos por un seguro colectivo de accidentes personales contratado con Seguros Mapfre.
Prestaciones:
Se garantizan los accidentes que puedan sobrevenir a los alumnos del Centro Docente que contrata la póliza.
Los asegurados deberán estar inscritos en los libros oficiales de matrÃcula del Centro.
La cobertura del seguro abarca única y exclusivamente el perÃodo lectivo, y en cualquiera de las siguientes circunstancias:
- En las horas de clase, juegos, gimnasia, horas extraordinarias de estudio, exámenes y cualquier otro acto propio de la actividad escolar.
- Trayecto de ida y vuelta al colegio.
- Actividades extraescolares, dentro o fuera del recinto escolar, siempre que éstas se realicen bajo la tutela del profesorado.
- Excursiones dentro del territorio nacional, con duración inferior a diez dÃas.
Procedimiento en caso de siniestro:
- Deberá acreditarse la condición de asegurado mediante la presentación de la póliza o datos de la misma, asà como la declaración de siniestro cumplimentada por el Centro.
- Únicamente en caso de asistencia urgente, no será necesaria la acreditación anterior.
- La CompañÃa reembolsará los gastos abonados por el Asegurado, siempre que el siniestro haya sido aceptado y previa presentación de las facturas originales.
Centros de asistencia:
ClÃnica concertada por Mapfre preferentemente:
- ClÃnica Ntra. Sra. de América. Arturo Soria, 103. Tel. 91 413 00 61
- Hospital San Rafael. Serrano 199. Tel. 91 561 11 07.
SEGURO ESCOLAR OBLIGATORIO
Si el alumno es de 3º, 4º de ESO, 1º o 2º de Bachillerato los gastos médicos los cubre el Seguro Escolar Obligatorio. Desde la SecretarÃa y/o EnfermerÃa se tramitará un Certificado del pago del Seguro Escolar.
Centro de asistencia:
Los estudiantes que hayan sufrido un accidente escolar podrán acudir a los centros públicos del Sistema Nacional de Salud y a los centros sanitarios concertados o colaboradores.
ClÃnica INCOMA c/ Explanada, 16 - 28040 MADRID. Tel. 91 554 54 05
¿Qué riesgos cubre?
- Accidente escolar: se considera como tal toda lesión que sufra el asegurado con ocasión de actividades, directa o indirectamente relacionadas con su condición de estudiante, siempre que hayan sido organizadas o autorizadas por el centro de enseñanza.
- Enfermedad: cubre enfermedades contraÃdas o sufridas por el estudiante durante el periodo de su vida que protege el seguro.
- Infortunio familiar: es la situación económico sobrevenida en el hogar del estudiante español (los extranjeros están excluidos) que le impida continuar unos estudios ya iniciados y que pueda estar ocasionada por: fallecimiento del cabeza de familia o ruina o quiebra familiar (no se entiende como tal la insuficiencia permanente de recursos para pagar los estudios).